En el día de la fecha jueves 28 de julio de 2022 comenzó audiencia preliminar por hecho de Homicidio en el que resultara víctima Carlos Orellano, el 24 de febrero de 2020 en las afueras del Complejo bailable de La Fluvial. La misma continúa el próximo 5/8/22.
El Fiscal Dr. Patricio Saldutti de la Unidad de Homicidios Dolosos solicitó la aceptación del requerimiento acusatorio donde pide para los imputados la siguiente calificación legal y pedido de pena:
1) A Fabian M. (Seguridad privada del local bailable al momento del hecho) el delito de Homicidio simple con dolo eventual, en carácter de coautores y en grado consumado. Se solicita la pena de 17 años de prisión efectiva, más accesorias legales y costas en carácter de co-autor del hecho imputado.
2) A Emiliano L. (Seguridad privada del local bailable al momento del hecho) el delito de Homicidio simple con dolo eventual, en carácter de coautores y en grado consumado. Se solicita la pena de 17 años de prisión efectiva, más accesorias legales y costas en carácter de co-autor del hecho imputado.
3) A Carina G. (Personal policial prestando servicio adicional en el local bailable al momento del hecho) los delitos de Homicidio simple con dolo eventual; Incumplimiento de los deberes de funcionario público; y Falsedad ideológica de instrumento público agravada, en carácter de coautores y en grado consumado, todo en concurso real. Se solicita la pena de 19 años de prisión de cumplimiento efectivo; multa de dinero; inhabilitación especial para ejercer cargo o empleo público por el término de 1 año; e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo de la condena, más accesorias legales y costas, en carácter de co-autor de los hechos imputados.
4) A Gabriel N. (Personal policial prestando servicio adicional en el local bailable al momento del hecho) los delitos de Homicidio simple con dolo eventual; Incumplimiento de los deberes de funcionario público; y Falsedad ideológica de instrumento público agravada, en carácter de coautores y en grado consumado, todo en concurso real. Se solicita la pena de diecinueve 19 años de prisión de cumplimiento efectivo; multa de dinero; inhabilitación especial para ejercer cargo o empleo público por el término de 1 año; e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo de la condena, más accesorias legales y costas, en carácter de co-autor de los hechos imputados.
El Juez de Primera Instancia Dr. Foppiani tuvo por formalizada la audiencia, admitiendo el requerimiento acusatorio. Se dispuso un cuarto intermedio hasta el próximo viernes 5/8/22, donde continuará dicha audiencia.
La Fiscalía le atribuye a Carina G., Gabriel N., Fabian M. y Emiliano L. que en horas de la madrugada del día 24/02/2020, mientras se encontraban cumpliendo servicio de policía adicional los dos primeros y seguridad privada los segundos, todos para el local bailable tipo boliche denominado «Sr. Ming River House» ubicado en el Complejo La Fluvial de la ciudad de Rosario, aproximadamente entre las 4:30hs y las 5hs del día mencionado, luego de que Cerlos Orellano fuera retirado del boliche, y encontrándose todos los nombrados fuera del mismo, el haber ejercido violencia física contra la persona de Orellano, hecho que sucedió dentro del complejo La Fluvial, en cercanías al Muelle 3, tras rodear a la víctima contra la baranda del río Paraná, aprovechándose de la superioridad física y numérica, y habiéndolo golpeado, determinaron con su accionar que Orellano salte las barandas de protección del muelle y caiga a las aguas del río, circunstancias que le provocaron la muerte. El cuerpo sin vida de la víctima, salió a flote el día 26/02/2020, en aguas del río Paraná a la altura del KM 418, en cercanías al lugar del hecho imputado.
También se le atribuye a Carina G. y a Gabriel N., en su carácter de empleados policiales de la provincia de Santa Fe, y como tales, funcionarios públicos, que en horas de la madrugada del día 24/02/2020, en ejercicio de sus funciones en ocasión en que se encontraban cumpliendo servicio de policía adicional en el local bailable tipo boliche denominado «Sr. Ming River House», ubicado en el Complejo La Fluvial de la ciudad de Rosario, y al presenciar, en inmediaciones del lugar la presunta caída del joven Carlos Orellano a las aguas del río Paraná, dando aviso a la central de emergencias del 911 5:36hs y a personal de Prefectura Naval Argentina aproximadamente 5:30hs; omitiendo informar en esa oportunidad la existencia de una interacción entre los imputados; los llamados Fabián M. y Emiliano L. -personal de seguridad del boliche- y Carlos Orellano; como así también no dieron aviso inmediato al Ministerio Público de la Acusación de ninguna de estas circunstancias. Luego de lo dicho, se retiraron inmediatamente del lugar, sin documentar debidamente su actuación, lo que le impidió al personal de Prefectura, ahondar en la información necesaria para poder llevar adelante de manera efectiva las primeras acciones de búsqueda y rescate.
Por último se le imputa a Carina G. y a Gabriel N., el haber insertado en el Acta de procedimiento N° 155/20, redactada y suscripta por ambos imputados, declaraciones falsas contestes con la presencia de quien presuntamente sería Carlos Orellano, haciendo constar que observaron “…detrás de las barandas de seguridad, lo que a simple vista parece ser una persona acostada sobre el suelo y que en un momento desaparece, como si hubiese caído al agua”, siendo que se podría tener por acreditada una interacción entre Orellano y un grupo de personas compuesto por Fabián M. y Emillano L., y los imputados Carina G. y Gabriel N., quienes cumplían servicio de policía adicional en el mismo local bailable. Esta situación de relevancia, fue intencionalmente omitida en el acta que se les requirió para probar el hecho descripto, generando de este modo un perjuicio para la investigación por la tergiversación de la realidad de los hechos.