TODAVÍA HAY JUSTICIA EN LA ARGENTINA… !!! ante la vista de la constitución hizo que primara el estado de derecho frente a los atropellos de los Fiscales.

AUDIENCIA 24 DE JUNIO 2022
Dentro del legajo de del Sr. BARRIONUEVO SILVIO PABLO, en el marco del Legajo CUIJ Nro. 21-08800647-7, recurso de apelación contra la Resolución de fecha 26/05/2022 dictada por el Juez Dr. Malaponte, la Dra. LURATI REVOCO la medida por inconstitucional , REVOCADA POR SER UNA RESOLUCION INCONSTITUCIONAL POR SU AMBIGÜEDAD.
No es constitucional que se imponga una medida a una persona por conductas de terceros, las medidas cautelares deben estar en cabeza del imputado y no por conductas de tercero, Y POR ELLO ES INCONSTITUCIONAL. Dado que las medidas impuestas por el juez queda librado a cualquier maniobra de terceros, incluso las inventadas,
el Fiscal se “ha excedido en sus facultades”.
Que analizado el contexto dentro del cual se dieron los supuestos hechos (elecciones internas gremiales), SE ADVIERTEN MUY POCOS ELEMENTOS QIE ACREDITEN EL DELITO DE AMENAZAS.
Dijo, la doctora, Lurati que el delito de amenazas era bastante ENDEBLE.
Respecto de los allanamiento OPINÓ que se utilizó la fuerza en forma “desmedida” por ser una causa económica; en los allanamientos debe primar prudencia…. Ella cuando ordenaba era prudente nunca había una cámara de televisión.
Por todo ello, resolvió revocar la medida.
OPINION PERSONAL DEL DR. IGNACIO CARLOS CARBONE, la resolución de la doctora Lurati implica el regreso al estado de derecho para Silvio Barrionuevo. Hizo un excelente fallo con suficientes fundamentos respecto a cuál es la función primordial del JUEZ , esto es, DE CONTROLAR LA LEGALIDAD DEL PROCESO Y RESGUARDAR LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES… Y en dicho entendimiento, al declarar inconstitucional la resolución de MALAPONTE, desde el punto de vista de la constitución hizo que primara el estado de derecho frente los atropellos de los Fiscales.

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