CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa

Rosario, 16 de septiembre de 2021

LA SESIÓN DE HOY

PRORROGAN MECANISMOS EXCEPTIVOS DE ADQUISICIÓN
DE BIENES SANITARIOS EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

Expediente 260389 de Intendencia
// Aprobado por unanimidad, con las abstenciones de los concejales Germana Figueroa Casas, Daniela León y Carlos Cardozo //

La Comisión de Gobierno ha tomado en consideración en Mensaje del Intendente Nro. 83/21 (I.G.), mediante el cual remite un proyecto de Ordenanza que contempla la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nro. 10.036.
Se fundamenta que: «Tenemos el agrado de dirigimos a Ud. y por su intermedio al distinguido Cuerpo que preside, a los efectos de remitirle para su tratamiento y aprobación un proyecto de
Ordenanza que contempla la prórroga, por fundadas razones de interés público, de la vigencia de la Ordenanza Nº10.036 por la que se autorizara a este Departamento Ejecutivo a adquirir bienes y servicios varios mediante el procedimiento de concurso de precios, exceptuando suma máxima establecida para la licitación privada, conforme la necesidad que demande la evolución de la emergencia.
La mencionada norma ha sido prorrogada por conducto de la Ordenanza Nº10.088 por un plazo de 180 días, que vencieron el 14 de marzo de 2021 y posteriormente por la Ordenanza Nº10.180, por igual plazo, el que está próximo a vencer, a saber, el 10 de septiembre de 2021.
Como es de público conocimiento continúan las razones que justificaron el dictado de las Ordenanzas descriptas, esto es, la atención sanitaria inmediata y eficaz de todos los rosarinos.
Para evitar el contagio es necesario tomar medidas para impedir la saturación sanitaria, lo que incluye la necesaria realización de aquellos gastos imprescindibles para adquirir bienes o servicios de primera necesidad y es esta urgencia la que justifica la prórroga que por el presente se peticiona.
En virtud de lo expuesto y conforme las facultades conferidas por el Artículo 41° inc. 3) de la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº2.756 (t.o.) se propone para su aprobación el proyecto de ordenanza, que en una (1) foja útil, integra el presente.»
La Comisión ha creído conveniente producir despacho favorable y en consecuencia propone para su aprobación el siguiente proyecto de:

O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Prorrógase la vigencia de la Ordenanza Nº10.036, por el plazo de 180 días a contar a partir del 11 de septiembre de 2021, con motivo del vencimiento del plazo dispuesto por la Ordenanza Nº10.180 (10 de septiembre de 2021).

CONDONACIÓN DE TRIBUTOS MUNICIPALES A DIFERENTES RUBROS

A jardines de infantes/maternales

Expediente 260438 de particular

D E C R E T O
Artículo 1°.- El Departamento Ejecutivo Municipal, por intermedio de la repartición que corresponda, verificará que los causantes que se detallan en los Anexos adjuntos que forman parte integrante del presente Decreto; corresponden a titulares de locales debidamente habilitados bajo la actividad JARDINES DE INFANTES/MATERNALES.
Artículo 2°.- Una vez realizada la verificación indicada en el Art. 1º, condónase con carácter excepcional:

  1. a los causantes que se detallan en el Anexo “A” adjunto que forma parte integrante del presente Decreto, la totalidad de la deuda que en concepto de Derecho de Registro e Inspección mantienen
    con la Municipalidad de Rosario, por todos los períodos vencidos e impagos desde abril hasta diciembre de 2020 inclusive. Este beneficio aplica para la totalidad de dichas cuentas contributivas y por el 100% (cien por ciento) del tributo en todos los casos, sin perjuicio de lo establecido en los Decretos N° 60.053/21 y N° 60.273/21.
  2. a los causantes que se detallan en el Anexo “B” adjunto que forma parte integrante del presente Decreto, la totalidad de la deuda que en concepto de Tasa General de Inmuebles mantienen con la Municipalidad de Rosario, correspondiente a los inmuebles donde funcionan los locales habilitados y por los períodos vencidos e impagos desde abril hasta noviembre de 2020 inclusive.
    Artículo 3°.- En caso que los contribuyentes mencionados en el Art. 2º hayan efectuado pagos de los tributos por los períodos allí indicados, quedan excepcionalmente eximidos por dichos períodos, debiéndose aplicar esos montos a períodos posteriores.

A salones de fiestas

Expediente 260136 de particular

D E C R E T O
Artículo 1°.- Condónase con carácter excepcional, a los titulares de la cuenta contributiva del inmueble donde funciona un local habilitado bajo el rubro SALON DE FIESTAS, ubicado en calle CORRIENTES 2638 de nuestra ciudad de Rosario, registrado con Cuenta Contributiva TGI Nº 30039311; Referencia Catastral 03/008/015/000/000; Cuenta Contributiva DREI Nº 326220007; la totalidad de la deuda que en concepto de Tasa General de Inmuebles mantienen con la Municipalidad de Rosario, por todos los períodos vencidos e impagos desde abril hasta septiembre de 2020 inclusive.
Artículo 2°.- En caso que los contribuyentes mencionados en el Art. 1º hayan efectuado pagos de la Tasa General de Inmuebles por los períodos abril hasta septiembre de 2020 inclusive, quedan excepcionalmente eximidos por dichos períodos, debiéndose aplicar esos montos a períodos posteriores.


A la Asociación Rosarina de Árbitros de Fútbol (ARAF)

Expediente 258857 de la concejala Gigliani

D E C R E T O
Artículo 1°.- El Departamento Ejecutivo Municipal, por intermedio de la repartición que corresponda, constatará que la Asociación Rosarina de Árbitros de Fútbol (ARAF), Personería Jurídica N° 3942; reúne los requisitos establecidos para ser incluida en los alcances del artículo 76 inc. L) del Código Tributario y sus modificatorias; por el inmueble de calle CALLAO 765/61 de nuestra ciudad, registrado con Cuenta Contributiva Nº 80907903, Referencia Catastral Nº 08/210/030/001/000.
Artículo 2°.- Una vez realizada la verificación indicada en el Art. 1º:

  1. Condónase con carácter excepcional, a la Asociación Rosarina de Árbitros de Fútbol (ARAF), Personería Jurídica N° 3942; la totalidad de la deuda que en concepto de Tasa General de Inmuebles mantiene con la Municipalidad de Rosario por todos los períodos vencidos e impagos hasta la fecha de resolución de exención, correspondiente al inmueble de calle CALLAO 765/61 de nuestra ciudad, registrado con Cuenta Contributiva Nº 80907903, Referencia Catastral Nº 08/210/030/001/000.
  2. Exímase en forma excepcional, a la Asociación Rosarina de Árbitros de Fútbol (ARAF), Personería Jurídica N° 3942, del pago de la Tasa General de Inmuebles, en el marco de los alcances del artículo 76 inc. L) del Código Tributario y sus modificatorias, por el inmueble de calle CALLAO 765/61 de nuestra ciudad, registrado con Cuenta Contributiva Nº 80907903, Referencia Catastral Nº 08/210/030/001/000.

DECLARARON MÚSICO DISTINGUIDO
POST MORTEM A JUAN JOSÉ FLORES

Expediente 260210 de la concejala Ferradas

D E C R E T O
Artículo 1°. Declárase “Músico Distinguido Post Mortem de la Ciudad de Rosario” a Juan José Flores por su vasta trayectoria y en reconocimiento a su aporte al rock y a la cultura popular de nuestra ciudad.
Art. 2°.- El Concejo Municipal otorgará la presente distinción, como reconocimiento al homenajeado, en un acto público que se llevará a cabo en fecha a designar.

NÉLIDA ZENON SERÁ MÚSICA DISTINGUIDA DE LA CIUDAD

Expediente 260532 del concejal Fiatti

D E C R E T O
Artículo 1º.- Declárase Música Distinguida de la Ciudad de Rosario a la cantante, autora y compositora NÉLIDA ARGENTINA ZENÓN por su destacada trayectoria y labor tanto a nivel local como nacional, por sus continuos e incansables aportes a la cultura, producción y difusión de la música folklórica nacional.
Art. 2º.- El Concejo Municipal otorgará la presente distinción, como reconocimiento a la homenajeada, en un acto público que se llevará a cabo en fecha y lugar a designar.

AUTORIZAN LA ENTREGA EN COMODATO DE UN TERRENO
PARA AFECTARLO A UN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL

Expediente 260503 de Intendencia

D E C R E T O
Artículo 1°.- Autorizase AL Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar contrato de comodato con la Provincia de Santa Fe, de un lote de terreno propiedad del municipio, e identificado según plano de mensura inscripto en el servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, como Sección 13 Manzana 233 Gráfico 1 Susdivisión 3, Subparcela O, PHCarpeta Nro. O Lote pasillo NO PII: 1603133114560014 sita en Washington y Molina (Pueyrredón), de esta ciudad para la instalación de un CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL, en los términos señalados por la Resolución 2021-59 APN-MOP del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, no pudiendo afectar el comodatario el inmueble con construcciones, usos o destinos distintos o ajenos a dicha finalidad por todo el plazo que dure la construcción y posterior funcionamiento del Centro de Desarrollo Infantil (C.D.I.).

BENEPLÁCITO POR LLAMADO A LICITACIÓN PARA LA REFACCIÓN
DEL RAMAL FERROVIARIO ENTRE ROSARIO Y CAÑADA DE GÓMEZ

Expediente 260565 del concejal Toniolli

D E C L A R A C I Ó N
El Concejo Municipal de Rosario expresa su beneplácito por el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de mejoramiento de vías del sector Rosario Norte – Cañada de Gómez realizada por Trenes Argentinos Operaciones.

MANIFESTARON PREOCUPACIÓN POR
AMENAZAS A CONCEJALES SANTAFESINOS

Expediente 260575 del concejal Cardozo

D E C L A R A C I Ó N
El Concejo Municipal manifiesta su preocupación por las amenazas de muerte recibidas por los/as concejales/as Luciana Ceresola y Carlos Suárez, integrantes del Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe, solicita al Ministerio Público de la Acusación investigar hasta las últimas consecuencias estas intimidaciones y pide al Ministerio de Seguridad del Gobierno de Santa Fe garantizar la integridad de los Concejales Ceresola y Suárez y sus familias.