Fase de Consulta – MICI-BID-AR-2021-0164 – Programa de Desarrollo de Áreas
Metropolitanas del Interior II – AR-L1243 – 3780/OC-AR
Antecedentes
El 9 de febrero de 2021, el MICI recibió una Solicitud por parte de 80 residentes de la ciudad de
Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, Argentina, vinculada al Proyecto “Plan de
Reordenamiento y Rehabilitación del Complejo Paganini” (en adelante “Proyecto”). El Proyecto
forma parte del “Programa de Desarrollo de Áreas Metropolitanas del Interior II” (AR-L1243 – BID
N° 3780/OC-AR) (en adelante “Programa“) que es un préstamo de inversión, bajo el formato de
obras múltiples, con garantía soberana aprobado por el directorio ejecutivo el 26 de octubre de
- La operación tiene como garante a la República Argentina, al Ministerio de Desarrollo
Territorial y Hábitat como Organismo Ejecutor y a la Subsecretaría de Proyectos de Inversión y
Financiamiento Externo del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe como Organismo
Subejecutor. El Ente de Coordinación Metropolitana de Rosario (ECOM) cumple tareas de
asesoría técnica. El Programa tiene por objetivo mejorar los servicios y la infraestructura pública
en áreas metropolitanas que requieren de la concurrencia de dos o más jurisdicciones
territoriales, y, de acuerdo con los registros del Banco, se encuentra actualmente en
implementación.
El 27 de mayo de 2021, el MICI emitió el Memorándum de Determinación de Elegibilidad
concluyendo que la Solicitud era elegible y se inició la etapa de evaluación de Fase de Consulta
en la que se identificaron un conjunto de aspectos que podrían ser abordados por las Partes en
un eventual proceso de resolución de controversias. Entre las temáticas identificadas destacaron
1) Los impactos ambientales de la obra, relacionados a extracción y reemplazo de árboles,
capacidad de absorción del suelo, contaminación auditiva y contaminación ambiental; 2)
participación de la comunidad en la gobernanza del predio; 3) el riesgo de una modificación en
el uso del suelo en el Complejo Paganini, en particular emprendimientos orientados a la
explotación comercial o inmobiliaria; 4) la apertura de calles y aspectos relacionados
(estacionamiento, semáforos, reductores de velocidad, veredas); 5) protección de la identidad
histórica del predio.
MICI facilitó un desayuno de trabajo prospectivo con las tres Partes del proceso MICI el 25 de
junio del presente año, seguido de tres sesiones plenarias de dialogo facilitado los días 20 y 30
de julio y 13 de agosto. Cada encuentro estuvo precedido por reuniones bilaterales con cada una
de las Partes.
Acuerdo
Gabriela Venturi y Oscar Genovese en representación de los 80 firmantes de la solicitud ante
MICI y cuyos, nombres, documentos de identidad, y firmas están en poder del Mecanismo,
Sebastián Rosales -Director General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales del
Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat- en Representación del Organismo Ejecutor, Claudio
Gabriela M. Venturi
Oscar Genovese Sebastián Rosales Claudio Vissio Ricardo Kingsland
Zachary Hurwitz Martin Soulier Faure
Marcos Favero Marcos Favero – MICI Gastón Aín – MICI
Gastón Aín
Patricia Arechaga – MICI
Patricia Arechaga
Circulación Restringida a las Partes
Vissio -Subsecretario de Proyectos de Inversión del Ministerio de Economía de la Provincia de
Santa Fe- en representación del Organismo Subejecutor, Ricardo Kingsland, Representante del
Ente de Coordinación Municipal de Rosario -ECOM- y Martin Soulier Faure y Zachary Hurwitz,
funcionarios del Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, en el marco del proceso de Fase de
Consulta del Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación del Banco Interamericano
de Desarrollo, se comprometen:
1 – Con relación a los Impactos ambientales de la obra, el Organismo Ejecutor y el Organismo
Subejecutor se comprometen a elevar el número de ejemplares arbóreos a ser plantados en el
predio a 800, respetando una proporción de 80% de especies nativas y 20% de especies
exóticas.
2 – Con relación a la Gobernanza del predio, el Organismo Ejecutor y el Organismo
Subejecutor se comprometen a garantizar que exista representación de la comunidad en el
Consorcio de Administración del predio que se creará en el futuro para su gestión, de manera
que esta representación difunda en la comunidad información sobre la toma de decisiones o
cambios importantes en la administración del predio. A dichos efectos, el BID se compromete a
exigir entre las tareas requeridas en los términos de referencia -TDRs- de la consultoría que
realizará la propuesta de reglamento de funcionamiento del Consorcio: a) La realización de un
mapeo de actores interesados, y b) la elaboración de mecanismos o fórmulas concretas para la
incorporación de un/a representante de la comunidad en el Consorcio.
3.1 – Con relación al uso del suelo, el Organismo Subejecutor se compromete a incorporar al
texto del instrumento por el que se realice la cesión de las calles que atraviesan el predio al
Municipio de Granadero Baigorria, la definición del predio como un “espacio verde público con
equipamiento de dominio estatal destinado a uso deportivo, recreativo o cultural, y con
prohibición de uso residencial privado”. El Organismo Subejecutor adelantó que dicha cesión
puede materializarse a través de una ley o de un decreto provincial.
3.2 – El Organismo Ejecutor, El Organismo Subejecutor y el BID se comprometen a actualizar los
documentos oficiales del Proyecto que se exhiben en sitios oficiales y plataformas online en los
que se continúe mencionando “cesión de tierras del predio a la Municipalidad de Granadero
Baigorria”. Para ello, el Organismo Subejecutor enviará la información actualizada al BID.
Cláusula informativa: El Organismo Subejecutor manifestó su compromiso de trabajar junto al
Municipio en una ordenanza que defina el predio como un “espacio verde público con
equipamiento de dominio estatal destinado a uso deportivo, recreativo o cultural, y con
prohibición de uso residencial privado”, lo que no constituye un compromiso en el marco del
acuerdo MICI, pero representa un aporte de calibre para atender las preocupaciones de los
Solicitantes.
4.1 – Con relación a calles y aspectos relacionados, el Organismo Ejecutor y el Organismo
Subejecutor se comprometen a realizar las gestiones para que, una vez finalizada la obra, la
velocidad en la calle Chacabuco no exceda los 20km/h de acuerdo con la Ley Nacional de
Tránsito 23.449, se instalen en ella reductores de velocidad a intervalos prudenciales, y si fuera
Gabriela M. Venturi
Oscar Genovese
Escriba el texto aquí
Sebastián Rosales
Claudio Vissio Ricardo Kingsland
Martin Soulier Faure Marcos Favero – MICI Zachary Hurwitz
Marcos Favero Gastón Aín – MICI
Gastón Aín
Patricia Arechaga – MICI
Patricia Arechaga
Ente de Coordinación Metropolitana de Rosario y Martin Soulier Faure y Zachary Hurwitz,
Circulación Restringida a las Partes
necesario en las esquinas, se instale señalización pertinente y cámaras de monitoreo de
velocidad acorde a la normativa existente. Si no fuera posible instalar cámaras, se procurará la
construcción de pasos peatonales sobreelevados, separados por la menor distancia que permita
la norma vigente.
4.2 – El Organismo Ejecutor y el Organismo Subejecutor se comprometen a que las calles Paine
y Urquiza en dirección al Río Paraná finalicen en los estacionamientos que ya se encuentran
construidos y que estos estén separados y no conecten con la calle que pasa frente al chalet de
Evita.
4.3 – Todas las Partes se comprometen a realizar los esfuerzos necesarios para mantener intacta
la identidad del acceso principal al Complejo, al constituir este acceso el último paisaje
representativo de las concepciones arquitectónicas originales. A efectos de reducir la circulación
de tránsito visitante, el Organismo Subejecutor, en coordinación con el Hospital Escuela y el
modular para el tratamiento de COVID, mantendrá el acceso principal al predio vía la rotonda de
referencia cerrado con un candado y con señalética que habilite circulación “sólo a vehículos
autorizados”. Una copia de la llave de dicho candado quedará en poder de las autoridades del
Hospital para facilitar el ingreso de vehículos autorizados.
4.4 – El Organismo Ejecutor y el Organismo Subejecutor realizarán las gestiones para la
instalación de señalética sobre la Avenida San Martín indicando que se utilicen las entradas al
predio por calles Eva Perón y Silvestre Begnis.
4.5 – La calle del chalet de Evita continúa subiendo y serpentea en diagonal finalizando en un
sector deportivo que contiene una pileta olímpica, una cancha de básquet y un estacionamiento.
Esta calle comunica además con la cocina industrial centralizada prevista en el Proyecto. El
Organismo Subejecutor colocará señalética en el estacionamiento de calle Chacabuco adscrito
a este sector que indique “regreso exclusivo por calle Chacabuco”. Solo los vehículos autorizados
podrán circular por esta calle que conecta el chalet de Evita con el sector de referencia.
5.1 – Con relación al nombre del predio, el Organismo Subejecutor se compromete a modificar
los carteles y señalética con la denominación Paganini, dejando la denominación “predio
comprendido por el Hospital Escuela Eva Perón y Hogar Escuela Juan Domingo Perón”, hasta
tanto se establezca su denominación definitiva. Las Partes aquí firmantes concuerdan que el
nombre debería reflejar su denominación histórica, las tradiciones populares y los usos y
costumbres en relación con el predio.
5.2 – El Organismo Ejecutor, el Organismo Subejecutor y el BID se comprometen a modificar el
nombre del predio en sus documentos oficiales y sitios web por el de “predio comprendido por el
Hospital Escuela Eva Perón y Hogar Escuela Juan Domingo Perón”, hasta tanto se establezca
su denominación definitiva. Para ello, el Organismo Subejecutor enviará la información
actualizada al BID.
6 – Seguimiento del Acuerdo. Si no mediara objeción por parte del Directorio Ejecutivo del BID,
el MICI colaborará con las partes en el monitoreo del presente Acuerdo. A dichos efectos,
Gabriela M. Venturi
Oscar Genovese Sebastián Rosales Claudio Vissio Ricardo Kingsland
Martin Soulier Faure
Zachary Hurwitz Marcos Favero – MICI
Marcos Favero
Gastón Aín – MICI
Gastón Aín
Patricia Arechaga – MICI
Patricia Arechaga
Circulación Restringida a las Partes
personal de la Fase de Consulta del MICI podrá realizar entrevistas telefónicas a las Partes,
convocarlas a reuniones específicas en el caso que surgieran desacuerdos, controversias o
disconformidad creciente con el nivel de cumplimiento de los compromisos, realizar misiones a
terreno y/o colaborar en la construcción de plataformas de comunicación, utilizando las nuevas
tecnologías de la información, para facilitar el seguimiento de los compromisos.
Se constituirá un Comité de Seguimiento compuesto por 1 (un) representante de los
Solicitantes, 1 (un) representante del Organismo Ejecutor-Ministerio de Desarrollo Territorial y
Hábitat de la Nación-MDTYH-, 1 (un) representante del Organismo Subejecutor-Subsecretaría
de Proyectos de Inversión del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe-, 1 (un)
representante del BID, al que se incorpora el equipo del MICI a efectos de realizar un seguimiento
de los compromisos contenidos en el presente Acuerdo. El Comité de referencia podrá tener
reuniones virtuales y o presenciales.
7 – Las Partes se comprometen a preservar el acuerdo firmado absteniéndose de cualquier
utilización política del mismo y evitando su mala interpretación. Las acciones precedentes podrán
requerir la convocatoria a un Comité de Seguimiento para analizar los pasos a seguir.
Conforme lo anteriormente descrito y producto de las restricciones impuestas por el COVID 19,
se firma 1 ejemplar en copia electrónica con fecha 23 de agosto de 2021.
Firmas y Aclaración
Gabriela M. Venturi
Oscar Genovese Sebastián Rosales
Claudio Vissio Ricardo Kingsland