Error macroscópico o fallo amañado del camarista Mascali. En una materia que la C onstitución Nacional reserva a las provincias no hay pugna entre la norma provincial y la federal, hay incumbencias distintas.Con el sentido del fallo la no reeleccion del Gobernador en Santa Fe sería inconstitucional
Cita impropia del precedente Iribarren que impugnó el límite de edad.Aqui se debatía una garantía individual.En este fallo se habilita una persecucion penal al margen de la ley, queriendose aplicar una Ley Nacuonal (de Fueros) al ámbito provincial.
Con el fallo de Mascali si se puede enjuiciar sin mas a un legislador provincial, se podrá someter a proceso penal al Gdor.y vice, a los ministros de la Corte y a cualquier juez sin necesidad del antejuicio, juicio político o desafuero.
Fallo que seguramente será recurrido, al no estar firme carece de ejecutoriedad, sobre todo si es para perseguir penalmente Entenderá la Corte provincial que deberá dirimir si los santafecinos llevamos 59 años con una Constitución inconstitucional.
El fallo del Dr.Mascalli dice que la Const.provincial se contrapone con el texto de la Constitución Nacional.En las 65 carillas NO dice ni una sola vez a que texto de la Carta Magna nacional se refiere.
Apreciacion en el fallo desajustada a la verdad: LAS LEYES NACIONALES POR EL HECHO DE SER TALES NO ESTÁN POR ENCIMA DE LA CONSTITUCION PROVINCIAL.
Otra falacia: la «igualdad» de los legisladores nacionales y los provinciales. Es evidente que tienen roles institucionales y políticos distintos. No estamos entre iguales no es obligatorio un trato igualitario Desconocimiento al fallar de la ratio legis del art.51.
No hay en la Constitucion Nacional una sola referencia a los legisladores o poder legislativo provinciales.Cuando trata la materia de las inmunidades habla de los miembros del Congreso Nacional…nunca de legisladores de las provincias.
Con el criterio de Mascali todas las provincias con unicameralismo legislativo estan violando la Constitucion Nacional.
Doctor GUSTAVO E. FELDMAN